Subsidio habitacional “690” en la Ciudad de Buenos Aires
¿Por qué se lo denomina “690”?
Porque este Programa fue creado por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires en el marco del Decreto N° 690/2006.
¿En qué consiste?
Es un Programa que otorga una ayuda económica destinada a personas en inminente situación de desamparo habitacional y a quienes se encuentran transitoriamente sin vivienda o refugio por motivo de desalojo u otras causas. El subsidio se otorga exclusivamente con fines habitacionales.
¿Quién es el Organismo responsable de emitirlo?
La Dirección General de Fortalecimiento de la Sociedad Civil, perteneciente al Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat.
¿Cómo se inicia?
El trámite es gratuito, y se puede iniciar a través del WhatsApp de la Ciudad enviando un mensaje al 11-5050-0147 escribiendo “Subsidio habitacional 690” y elegir la opción “Rendir mi recibo”. También se puede iniciar presencialmente, en la sede del programa ubicada en Av. Entre Ríos 1492.
Requisitos para solicitarlo / documentación obligatoria
- DNI original y Fotocopia de todos los integrantes del grupo familiar.
- Residencia Precaria en caso de ser extranjero sin DNI o no poseer la Residencia Definitiva.
- Acreditar 2 años de residencia en la Ciudad, con domicilio en el DNI o a través de un Informe Social.
- Presentar un Informe Social: realizado por el Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat con su oficina del Programa “Atención a familias en situación de calle”. Ello a los fines de brindar información sobre la situación habitacional del grupo familiar. El informe debe ser realizado por un Trabajador/a Social matriculado.
- Presentar la Negativa de ANSES: es un comprobante que emite ANSES donde se deja constancia de que el solicitante no registra trabajo en relación de dependencia, monotributo, beneficios económicos y/o titularidad de un programa social.
La certificación negativa obtenida a través de la página web de ANSES no requiere sello o firma de un agente del organismo, y tiene una validez de 30 días.
- Certificado Médico de Discapacidad o de embarazo, según corresponda.
Documentación a presentar en caso de haber niños/niñas/adolescentes:
- Acta de Nacimiento.
- Certificado de Escolaridad.
- Certificado de vacunación de calendario.
- Presentar un Presupuesto:
- Por dueño directo, con una nota del dueño compuesta por su DNI, Firma y N° de contacto, fotocopia del DNI del dueño, fotocopia de comprobante de servicio de agua (a nombre del propietario del inmueble) y comprobantes de Impuestos (ABL/RENTAS).
- Por hotel, a través de un documento con los datos del lugar de alojamiento.
El primer recibo del lugar donde alquila el solicitante se debe entregar presencialmente en la sede.
Una vez aprobado el Subsidio se debe realizar una rendición periódica del gasto a través de recibos, que pueden ser escritos a mano, con firma, DNI y CUIT del dueño del inmueble, o facturas o recibos de hoteles, con fecha de pago igual a la fecha de cobro. Los recibos mensuales de alquiler deben cargarse en la Web miBA, enviando imágenes legibles.
- Montos del beneficio:
El monto para 1 persona 12.500.
Para 2 personas $15.625.
Para 3 personas $17.969
Para 4 personas o más $20.313.
Si algún integrante del grupo familiar posee CUD el monto es de $20.313. Asimismo, por la Ley 4.036 la cual fija una tutela especial para personas con discapacidad, en caso de que el monto percibido no sea suficiente, el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires debe otorgar los fondos suficientes para acceder a una vivienda en condiciones dignas.
Dra. Joaquina Sagardoy
Dr. Guido Chaves
Dra. Nancy Suárez