El Gobierno Nacional eliminó el Certificado Médico Oficial Digital (CMO) como requisito para obtener las Pensiones No Contributivas por Discapacidad y estableció nuevos criterios para poder acceder al beneficio.

Mediante la Resolución 8/2020 publicada hoy en el Boletín Oficial se dejó sin efecto la medida 44/2019 que había establecido la obligatoriedad de la presentación del CMO para poder acceder a las pensiones, por significar una traba para los peticionantes.

El texto identifica el déficit en el sistema sanitario, la diversidad geográfica y los problemas en la conexión a internet como los principales obstáculos para poder lograr la tramitación del CMO. “El sistema informático no es apto para la totalidad de las personas beneficiarias, ya sea porque no cuentan con recursos, conexión a internet, traslado para poder llegar a cumplir con este requisito, entre otros, situación que se ve agravada por el desborde actual de los establecimientos sanitarios oficiales”. subraya el documento”.

Asimismo, la resolución contempla que las variables tenidas en cuenta la hora de otorgar ese beneficio son muy restrictivas “los criterios y parámetros establecidos para determinar la vulnerabilidad de los peticionantes y actuales beneficiarios se encuentra integrada por variables que resultan de carácter muy restrictivo”. Es por eso que la medida deja sin efecto la Resolución ANDIS N° 76/2019, con el objetivo de volver a implementar los criterios para la determinación del estado socio-económico y de vulnerabilidad de los peticionantes o beneficiarios.

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