La Cámara de Diputados de la Nación convirtió en Ley el otorgamiento y las políticas nacionales para personas mayores se enmarcan en este instrumento.
La Cámara de Diputados de la Nación convirtió en ley el otorgamiento de jerarquía constitucional, en los términos del artículo 75 inciso 22 de la Constitución Nacional, a esta Convención.
Allí se establece que “los demás tratados y convenciones sobre derechos humanos, luego de ser aprobados por el Congreso, requerirán del voto de las dos terceras partes de la totalidad de los miembros de cada Cámara para gozar de la jerarquía constitucional”.
Dicha ley ubica a la convención al nivel de alcance de los tratados internacionales sobre derechos humanos y otorga mayor reconocimiento en materia de derechos hacia las personas mayores.
Este instrumento fundamental determina y guía las acciones destinadas a esa población específica que se llevan adelante desde la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia (SENAF) del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación.
Si bien la Convención ya tenía rango de ley en Argentina, esta decisión amplía el estatus del marco normativo en el que se apoyan los programas y proyectos de la Dirección Nacional de Políticas para Adultos Mayores de la SENAF.
Al lograr esta jerarquía constitucional, los derechos de las personas mayores están en paridad con los de otros grupos en situación de vulnerabilidad que están identificados y amparados en documentos internacionales que lograron igual rango, como la Convención sobre los Derechos del Niño, la Convención sobre Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad y a la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, entre otros.
La Convención fue adoptada por la Organización de los Estados Americanos durante la XLV Asamblea General de la OEA el 15 de junio de 2015 y aprobada por la ley 27.360.
FUENTE: ANDIS