Por Andrea Verónica Passodomo, Abogada especialista en salud, discapacidad y seguridad social.

Cada uno de nosotros, emprendemos el camino de esta vida con proyecciones y metas a alcanzar, las cuales muchas veces en ese andar,  nos sorprenden contingencias como lo son las enfermedades que comprometen nuestra salud. Es así, que muchas veces dichas circunstancias nos llevan a salir del mercado laboral, o incluso tantas otras veces, ni siquiera nos permite ingresar. Ahí, es donde muchas veces, comprendemos el valor que representa  “el tener aportes para jubilarnos el día de mañana, y poder contar con una obra social donde atendernos”.

Es así que tanto las personas que no cuentan con trabajo registrado, como aquellas otras que son titulares de pensiones no contributivas, tienen la posibilidad de regularizar su actividad laboral y de contar con una obra social, regularizando su trabajo informal y sin riesgo a perder su pensión no contributiva; todo ello mediante el ingreso al sistema que ofrece el monotributo social. 

              El ingreso al monotributo social, se presenta entonces, como una vía idónea para regularizar una economía informal (de aquella persona que trabaja en una economía informal o en negro), y también para atender dignamente la salud, tanto del titular que se afilia como al grupo familiar primario que lo acompaña, si así lo decide.

La pregunta que emerge frente a esta posibilidad es, ¿a cual obra social es posible afiliarse?. Pues bien, es oportuno decirles que puede elegir entre todas las obras sociales registradas por ante la Superintendencia de Servicios de Salud. Dicho organismo cuenta con un registro de obras sociales a las que se puede acceder para elegir, con la templanza que merece este tipo de decisiones.  Es importante hacer mención, que si el monotributista se encuentra ante la negativa de la obra social para efectivizar la afiliación, dicha conducta es arbitraria y debe ser denunciada ante la autoridad de contralor, que es la Superintendencia de Servicios de Salud y en su defecto, siempre está abierto el reclamo judicial a través de una acción de amparo, para efectivizar esa afiliación, que en los hechos fue denegada sin fundamento válido por parte de la obra social.

En este punto y referido a cuestiones de salud, debemos saber que una vez que ingresamos como monotributistas al sistema, hay que presentar ante ANSes (no se requiere turno) la declaración jurada de salud, la cual esta pensada para evitar captura de beneficios contributivos futuros, no configurando una vía de detección de preexistencias vinculadas con coberturas de salud. Las obras sociales deben cubrir la atención de la salud del afiliado monotributista, no existiendo preexistencias que restrinjan su acceso. Solo existe, la cobertura progresiva de salud para los monotributistas, pero puede pedirse su eximición ante la Superintendencia de Servicios de Salud, cuando la atención de la salud así lo requiera.

Un punto a considerar para los que sean titulares de pensiones no contributivas, es que resulta conveniente renunciar a Incluir Salud – mediante formulario de baja- antes de realizar la afiliación a la obra social elegida, a fin de no encontrarse con la negativa aduciendo que se cuenta con cobertura médica. No deben renunciar al beneficio de pensión, el cual que para muchísimas personas, representa su único ingreso económico.

Otra salvedad importante que debemos saber, es que generalmente hay que esperar 3 meses de aportes, para  reclamar la efectivización de la afiliación, dado que el aporte es integrado con una porción económica a cargo del Estado Nacional.  Este tiempo de espera, es perfectamente objetable frente a la urgencia de la atención de la salud del monotributista, por las vías pertinentes.

Ahora bien, veamos donde debemos gestionarlo y que cuestiones tenemos que tener en cuenta si queremos afiliarnos al sistema del monotributo social: pueden afiliarse, aquellas personas que realicen una actividad económica, proyectos productivos de tres integrantes y cooperativas de trabajo. Deben desarrollar una actividad económica independiente, encontrarse en situación de vulnerabilidad social, tener un ingreso anual tope (actualmente debe ser menor a $208.739,25 el cual es fijado y actualizado con regularidad por la autoridad de aplicación). Se puede tener hasta un (1) bien inmueble, ser propietario de hasta tres (3) bienes muebles registrables: hasta un máximo de 2 automóviles (uno con más de 5 años de antigüedad y un segundo automóvil exento del pago de impuestos o afectado al emprendimiento) o hasta un máximo de 2 moto vehículos.

Es importante remarcar,  que aquellas personas que sean profesionales universitarios y pretendan solicitar su incorporación para ejercer su profesión, no pueden afiliarse al monotibuto social.  Tampoco pueden hacerlo quien sea empleador / o empleado en relación de dependencia permanente (están exceptuados quienes se encuentren en situación de trabajo temporario por un plazo máximo de 6 meses).

Los ingresos económicos de aquel que pretende afiliarse, deben provenir sólo de la actividad económica declarada. (Se encuentran eximidos de este requisito, las personas que perciben programas de inclusión social, pensiones no contributivas, jubilaciones o pensiones que no superen el haber previsional mínimo, Asignación Universal por Hijo/a y Asignación por Embarazo.)

Para afiliarnos debemos presentar: documento nacional de identidad (original y fotocopias 1, 2 y 3 hoja). En el caso de cooperativas de trabajo, es necesario acreditar: D.N.I de los asociados, fotocopia de la 1° y 2° hoja de cada asociado (si alguno es residente extranjero deberá presentar también copia de la 3° hoja),  constancia de inscripción de la cooperativa en la AFIP o número de CUIT, resolución de aprobación y matrícula otorgada por el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES), acta constitutiva, estatuto y nómina de cargos vigente, y libro de asociados.

¿Dónde lo tramitamos? , pues bien, el mismo se gestiona ante el Registro de Efectores, sito en la calle  25 de Mayo Nº 606, CABA; y también a través de ANSeS, debiendo solicitar turno a tal efecto.  Apersonándose al lugar, con la documentación y llenando los formularios pertinentes, se debe esperar unos días para contar con el alta y así contando con la credencial pertinente se hace el pago del 1 al 20 de cada mes, representando el monto a abonar -para febrero de 2020-, la suma de $520,61 por mes (más $520,61 extra por cada familiar incorporado a la obra social). Para poder empezar a pagar, debe descargarse la constancia de inscripción del monotributo y la credencial de pago del monotributo social (Formulario F 157) desde la página web de AFIP, accediendo a la consulta sin Clave Fiscal de: “Constancia de Inscripción”. Hacer clic en ” Credencial de Pago Monotributo Social”.

De esta manera, el acceso al monotributo social representa una opción válida, que desde la Asociación Civil de Profesionales Para la Equidad (ASPPE), queremos acercarles para que titulares de pensiones no contributivas y trabajadores que se encuentran realizando un trabajo informal, puedan conocer y  acceder así a una obra social donde atender su salud y al mismo tiempo realizar aportes al sistema de seguridad social, para que en un futuro resulte posible acceder a un beneficio previsional contributivo.

Este artículo fue publicado originalmente en la página de Hipertensión Pulmonar Argentina (HIPUA).

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